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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.4o.A.682 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212213
Clave de tesis
I.4o.A.682 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 553

DEMANDA DE NULIDAD. EL NO MANIFESTAR BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE NO RECIBIO LA CONSTANCIA DE NOTIFICACION O QUE LA RECIBIO POR CORREO. NO DEBE SER MOTIVO PARA TENERLA POR NO PRESENTADA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 553

Precedentes

Amparo directo 2084/93. Almacenadora Interamericana, S.A de C.V. 17 de noviembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Hilario Bárcenas Chávez. Secretaria: Elsa Fernández Martínez.
Registro digital (IUS): 212213