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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XX.1o.255 P Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212244
Clave de tesis
XX.1o.255 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 573

EXCLUYENTE DE RESPONSABILIDAD DE MIEDO GRAVE O TEMOR FUNDADO, SE REQUIERE DE UNA OPINION PERICIAL PARA PODER LLEGAR A ESOS CALIFICATIVOS PRECISADOS POR LA LEY.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 573

Precedentes

Amparo directo 208/94. María Elena Monterrosa Fuentes. 6 de mayo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Ramiro Joel Ramírez Sánchez.
Registro digital (IUS): 212244