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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.4o.A.702 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212253
Clave de tesis
I.4o.A.702 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 579

FUNDAMENTACION DE LA COMPETENCIA DE UN ACTO DE AUTORIDAD. CUANDO ESTA SOLO SE REALIZA HASTA LA CONTESTACION DE LA DEMANDA DE NULIDAD IMPLICA SU AUSENCIA, Y NO QUE SE HAYA DADO EN FORMA INDEBIDA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 579

Precedentes

Revisión fiscal 324/94. Administrador Central de lo Contencioso de la Administración General Jurídica de Ingresos (Cajamcor, S.A. de C.V.). 23 de marzo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime C. Ramos Carreón. Secretario: Luis Enrique Ramos Bustillos.
Registro digital (IUS): 212253