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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XVI.2o.33 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212256
Clave de tesis
XVI.2o.33 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 583

HONORARIOS DE ABOGADOS Y NOTARIOS (LEGISLACION DEL ESTADO DE GUANAJUATO).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 583

Precedentes

Amparo en revisión 249/94. Daniel Chowell Zepeda. 11 de enero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Manuel Arrendondo Elias. Secretaria: Cecilia Patricia Ramírez Barajas.
Registro digital (IUS): 212256