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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XIX.2o.16 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 212275
- Clave de tesis
- XIX.2o.16 C
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 597
LEGITIMACION ACTIVA. EL CAMBIO DE RAZON SOCIAL DE LA PERSONA MORAL DEMANDANTE NO IMPLICA FALTA DE.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 597
Cuando se suscribe un título de crédito en favor de una persona moral que cambia de razón social, si bien se trata de dos denominaciones diversas, lo cierto es que en la especie es de la misma institución crediticia la que conforme al acta de asamblea general extraordinaria de accionistas y la modificación de sus estatutos cambió de nombre, lo que significa que esta persona moral como parte actora en el juicio ejecutivo mercantil del que emana el acto reclamado, estuvo debidamente legitimada, para ejercer en contra del promovente del amparo la acción cambiaria directa.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO NOVENO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 473/93. José Mercedes Ramírez Hernández. 17 de febrero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Guadalupe Méndez Hernández. Secretaria: Adelina G. Falcone Treviño.