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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.4o.A.708 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212315
Clave de tesis
I.4o.A.708 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 623

POLIZA DE FIANZA. ES CORRECTO EL COBRO DE LA CANTIDAD QUE GARANTIZA LA, POR EL NO CUMPLIMIENTO TOTAL DE LAS OBLIGACIONES PACTADAS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 623

Precedentes

Amparo directo 344/94. Afianzadora Insurgentes, S.A. 6 de abril de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Hilario Bárcenas Chávez. Secretario: Emiliano Hernández Salazar.
Registro digital (IUS): 212315