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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XI.1o.214 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212355
Clave de tesis
XI.1o.214 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 643

QUIEBRAS. ILEGALIDAD DE LA ACUMULACION POSTERIOR A UNA RESOLUCION FIRME QUE LA DECLARA IMPROCEDENTE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 643

Precedentes

Amparo directo 729/93. Juan José Escalera González, en cuanto síndico de la quiebra de Francisco Rodríguez Gallegos. Unanimidad de votos. 18 de abril de 1994. Ponente: Leonel Valdés García. Secretario: Victorino Rojas Rivera.
Registro digital (IUS): 212355