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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XXI.1o.34 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212373
Clave de tesis
XXI.1o.34 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 654

RELACION LABORAL, NEGATIVA DE LA. PRUEBA, CARGA DE LA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 654

Precedentes

Amparo directo 64/94. Seleccionadoras de Granos de Acapulco, S.A. de C.V. 17 de marzo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Vilchiz Sierra. Secretario: Eduardo Alberto Olea Salgado. Véanse: Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, Tomo IX-Marzo, pág. 286. Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, Tomo VI, Segunda Parte-1, pág. 255 y Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volúmenes 175-180, pág. 33.
Registro digital (IUS): 212373