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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212391
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 664

REVISION OFICIOSA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 664

Precedentes

Amparo directo 126/94. Esteban Contreras Gutiérrez y María de Jesús García Alvarez, por sí y como representantes de su menor hijo Enrique Contreras García. 24 de marzo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Julio Ibarrola González. Secretario: Ausencio Salvador García Martínez.
Registro digital (IUS): 212391