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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 212392
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 667
SALUD. DELITO CONTRA LA. EL DICTAMEN QUIMICO SOBRE UNA MUESTRA DE LA DROGA INCAUTADA ES SUFICIENTE PARA DETERMINAR LA NATURALEZA DE LA TOTALIDAD.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 667
El artículo 181 del Código Federal de Procedimientos Penales dispone, en su último párrafo, que cuando se aseguren estupefacientes o psicotrópicos, se conservará una muestra representativa suficiente para la elaboración de los dictámenes que hayan de producirse en la averiguación previa o en el proceso, ningún otro precepto legal establece la necesidad de analizar la totalidad de la droga incautada, para determinar su naturaleza; basta que el examen químico se practique a una muestra de la misma para concluir que el resto tiene la misma composición.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 53/94. Marcela Gaytán Cortés. 29 de marzo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso Núñez Salas. Secretaria: Ana Victoria Cárdenas Muñoz.