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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212417
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 679

SUSPENSION PROVISIONAL. DEBE NEGARSE, CUANDO SE SOLICITA CONTRA ACTOS NEGATIVOS, YA QUE TAL MEDIDA NO TIENE EFECTOS CONSTITUTIVOS DE DERECHOS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 679

Precedentes

Queja 114/94. Willy Isidor de Winter Gallegos. 4 de marzo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: David Delgadillo Guerrero. Secretario: Ramón E. García Rodríguez. Queja 134/94. Baudelio Hernández Domínguez. 15 de marzo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime C. Ramos Carreón. Secretaria: Mayra Villafuerte Coello.
Registro digital (IUS): 212417