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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.6o.T. J/27JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 212448
- Clave de tesis
- I.6o.T. J/27
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 77, Mayo de 1994; Pág. 57
COMPETENCIA, LAUDO EN EL QUE LA AUTORIDAD RESPONSABLE MANIFIESTA SU. ES RECLAMABLE EN AMPARO DIRECTO.
[J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 77, Mayo de 1994; Pág. 57
Cuando la Junta de Conciliación y Arbitraje se avoca al análisis de competencia dentro de los considerandos que integran el laudo reclamado y hace manifestaciones relativas al porqué sostiene su competencia para conocer y resolver sobre determinada cuestión, es motivo suficiente conforme al artículo 158 de la Ley de Amparo, para que el Tribunal Colegiado en amparo directo resuelva los conceptos de violación que se hagan valer respecto de los argumentos que tomó en cuenta la responsable para estimarse competente.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 9666/92. Seguros La República, S. A. 8 de octubre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: María del Rosario Mota Cienfuegos. Secretario: José Guillermo Cuadra Ramírez.
Amparo directo 12036/92. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 7 de enero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: J. Refugio Gallegos Baeza. Secretaria: María Eugenia Olascuaga García.
Amparo directo 1498/93. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 15 de abril de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: María del Rosario Mota Cienfuegos. Secretario: Félix Arnulfo Flores Rocha.
Amparo directo 8636/93. Secretario de Gobernación. 25 de noviembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: J. Refugio Gallegos Baeza. Secretaria: María Eugenia Olascuaga García.
Amparo directo 836/94. Secretario General de Protección y Vialidad del Departamento del Distrito Federal. 17 de marzo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: J. Refugio Gallegos Baeza. Secretaria: María Eugenia Olascuaga García.