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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XIII.2o.14 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212496
Clave de tesis
XIII.2o.14 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Mayo de 1994; Pág. 393

AGENTES ADUANALES. PROCEDE CONCEDER LA SUSPENSION DEFINITIVA DE LOS EFECTOS DEL ACTO QUE LOS SUSPENDA EN SUS FUNCIONES, SOLO PARA QUE SE LES PERMITA CONCLUIR LAS OPERACIONES RELACIONADAS CON SU PATENTE QUE TUVIERAN YA INICIADAS A LA FECHA DE LA NOTIFICACION DEL ACUERDO RECLAMADO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Mayo de 1994; Pág. 393

Precedentes

Incidente de suspensión en revisión 31/94. Olga Elena Sánchez viuda de Bolán. 25 de febrero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Arturo Iturbe Rivas. Secretario: José Eduardo Téllez Espinoza.
Registro digital (IUS): 212496