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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
II.1o.C.145 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212501
Clave de tesis
II.1o.C.145 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Mayo de 1994; Pág. 396

ALIMENTOS. PARA DETERMINAR EL PORCENTAJE DE LOS, SE DEBE ACREDITAR LA INDIVIDUALIZACION Y CUANTIFICACION DE SU NECESIDAD.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Mayo de 1994; Pág. 396

Precedentes

Amparo directo 12/94. Alma Delia Esquivel García. 25 de enero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Díaz Infante Aranda. Secretario: José Valdez Villegas.
Registro digital (IUS): 212501