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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XV.1o.25 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212503
Clave de tesis
XV.1o.25 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Mayo de 1994; Pág. 397

AMPARO IMPROCEDENTE. CUANDO EN LA DEMANDA DE GARANTIAS SE RECLAMAN ACTOS, QUE AUNQUE PROYECTAN CONSECUENCIAS IDENTICAS, SU NATURALEZA SEA DIVERSA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Mayo de 1994; Pág. 397

Precedentes

Amparo en revisión 22/94. Esperanza González de Moreno. 3 de febrero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Pedro F. Reyes Colín. Secretario: Rubén D. Aguilar Santibáñez. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VI, septiembre de 1997, página 18, tesis por contradicción P./J. 75/97, con el rubro: "ACTOS RECLAMADOS EN UN SOLO AMPARO DERIVADOS DE JUICIOS DIVERSOS, DESVINCULADOS ENTRE SÍ. ES PROCEDENTE EL JUICIO DE GARANTÍAS."
Registro digital (IUS): 212503