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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.7o.T.273 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 212519
- Clave de tesis
- I.7o.T.273 L
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Mayo de 1994; Pág. 408
CERTIFICACION EFECTUADA POR FUNCIONARIO DEPENDIENTE DEL TITULAR, CARECE DE VALIDEZ LA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Mayo de 1994; Pág. 408
Si el titular demandado, aportó al juicio laboral unas pruebas documentales certificadas por un funcionario dependiente de aquél, tal certificación carece de validez, por provenir de una de las partes interesadas en la contienda, máxime si el funcionario que realizó la certificación actuó como apoderado del titular en el juicio respectivo.
SEPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 9057/93. Procurador General de la República. 25 de enero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Martín Borrego Martínez. Secretario: Noé Herrera Perea.
Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia I.7o.T. J/7, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo IV, octubre de 1996, página 363, de rubro: "CERTIFICACION EFECTUADA POR FUNCIONARIO DEPENDIENTE DEL TITULAR, CARECE DE VALIDEZ LA."