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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
II.1o.118 P Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212522
Clave de tesis
II.1o.118 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Mayo de 1994; Pág. 409

CIRCUNSTANCIAS OBJETIVAS DE PUNIBILIDAD.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Mayo de 1994; Pág. 409

Precedentes

Amparo directo 762/93. Agustín García Aladro. 10 de noviembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Salvador Bravo Gómez. Secretario: Jaime Cuayahuitl Orozco.
Registro digital (IUS): 212522