Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/212533
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XXI.1o.77 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212533
Clave de tesis
XXI.1o.77 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Mayo de 1994; Pág. 416

CONCEPTOS DE VIOLACION. CUANDO SU ESTUDIO ES INNECESARIO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Mayo de 1994; Pág. 416

Precedentes

Amparo directo 27/94. Irene Lozano Pino. 17 de febrero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: José Refugio Raya Arredondo. Secretario: José Luis Arroyo Alcántar. Véanse: Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, Tomo I, Segunda Parte-1, pág. 186 y Tomo III, Segunda Parte-1, pág. 204 y Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1988, Segunda Parte, tesis 440, pág. 775.
Registro digital (IUS): 212533