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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
III.3o.C.306 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212567
Clave de tesis
III.3o.C.306 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Mayo de 1994; Pág. 435

DILIGENCIAS PARA MEJOR PROVEER. EN USO DE ESA FACULTAD EL JUEZ PUEDE DECRETAR EL AVALUO O RECONOCIMIENTO QUE ESTIME CONDUCENTES (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Mayo de 1994; Pág. 435

Precedentes

Amparo en revisión 613/93. Jorge Flores Torres. 20 de enero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Figueroa Cacho. Secretario: Roberto Macías Valdivia.
Registro digital (IUS): 212567