Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/212578
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.7o.T.269 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212578
Clave de tesis
I.7o.T.269 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Mayo de 1994; Pág. 451

FALTAS DE ASISTENCIA REITERADAS, NO CONSTITUYEN PROPIAMENTE FALTAS DE PROBIDAD U HONRADEZ.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Mayo de 1994; Pág. 451

Precedentes

Amparo directo 207/94. Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. 8 de febrero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: María Yolanda Múgica García. Secretario: Antonio Hernández Meza.
Registro digital (IUS): 212578