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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.6o.T.582 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212580
Clave de tesis
I.6o.T.582 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Mayo de 1994; Pág. 452

FERROCARRILEROS. IMPROCEDENCIA DEL AJUSTE DE PENSION CUANDO SE RECLAMAN INCREMENTOS A LOS LIMITES SUPERIORES PREVISTOS EN LA CLAUSULA 386 DEL CONTRATO COLECTIVO DEL TRABAJO CONVENIDOS CON POSTERIORIDAD A LA FECHA DE JUBILACION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Mayo de 1994; Pág. 452

Precedentes

Amparo directo 9596/93. Odilón Carrillo Moscoso. 28 de febrero de 1994. Unanimidad de votos de los magistrados María del Rosario Mota Cienfuegos, Carolina Pichardo Blake y J. Refugio Gallegos Baeza en cuanto al pago de las diferencias de la prima de antigüedad y por mayoría de votos de los magistrados Carolina Pichardo Blake y J. Refugio Gallegos Baeza en contra del emitido por la magistrada María del Rosario Mota Cienfuegos, quien formula voto particular, lo resolvió el Sexto Tribunal Colegiado del Primer Circuito en Materia de Trabajo, siendo relator el segundo de los nombrados. Secretario: José Guillermo Cuadra Ramírez.
Registro digital (IUS): 212580