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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
IX.1o.100 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212589
Clave de tesis
IX.1o.100 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Mayo de 1994; Pág. 461

INCIDENTE DE NULIDAD, DESECHAMIENTO DEL. IMPLICA UNA VIOLACION PROCESAL EQUIPARABLE A LA PREVISTA POR LA FRACCION V DEL ARTICULO 159 DE LA LEY DE AMPARO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Mayo de 1994; Pág. 461

Precedentes

Amparo directo 96/94. Narciso García Alfaro. 25 de marzo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Baltazar Alvear. Secretario: Guillermo Salazar Trejo.
Registro digital (IUS): 212589