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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
II.1o.90 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212596
Clave de tesis
II.1o.90 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Mayo de 1994; Pág. 464

INSPECCION JUDICIAL, VALOR PROBATORIO DE LA, CUANDO NO SE EXHIBEN LOS DOCUMENTOS SOLICITADOS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Mayo de 1994; Pág. 464

Precedentes

Amparo directo 1087/93. Carlos Goldzweig Speckman. 25 de enero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Díaz Infante Aranda. Secretaria: Sonia Gómez Díaz González.
Registro digital (IUS): 212596