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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XI.2o.210 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212657
Clave de tesis
XI.2o.210 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Mayo de 1994; Pág. 500

PRUEBAS, ADMISION DE, EN SEGUNDA INSTANCIA. (LEGISLACION DEL ESTADO DE MICHOACAN).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Mayo de 1994; Pág. 500

Precedentes

Amparo directo 80/94. Delia Martha Villaseñor Herrera. 16 de marzo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Salvador Enrique Castillo Morales. Secretario: Carlos Hinostrosa Rojas.
Registro digital (IUS): 212657