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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
II.3o.154 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212707
Clave de tesis
II.3o.154 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Mayo de 1994; Pág. 536

SEGURO SOCIAL, AVISO POR EL TRABAJADOR DE LA INCAPACIDAD POR RIESGO O ENFERMEDAD DE TRABAJO, LLENADO DE LA FORMA MT-1, ES OBLIGACION DEL PATRON Y NO DEL TRABAJADOR. SU OMISION NO IMPLICA LA IMPROCEDENCIA DE LA PENSION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Mayo de 1994; Pág. 536

Precedentes

Amparo directo 982/93. Instituto Mexicano del Seguro Social. 9 de febrero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: José Angel Mandujano Gordillo. Secretaria: Mónica Saloma Palacios. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, Tomo III, Segunda Parte-2, jurisprudencia 6, pág. 949.
Registro digital (IUS): 212707