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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
III.2o.P.35 P Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212708
Clave de tesis
III.2o.P.35 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Mayo de 1994; Pág. 536

SANCIONES, LA NO REINCIDENCIA INFLUYE EN LA TEMIBILIDAD DEL SUJETO Y EN LA APLICACION DE LAS. (LEGISLACION DE JALISCO).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Mayo de 1994; Pág. 536

Precedentes

Amparo directo 13/94. Gloria Limón García. 6 de febrero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Homero Ruiz Velázquez. Secretario: José Guadalupe Hernández Torres.
Registro digital (IUS): 212708