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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI.1o.122 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212730
Clave de tesis
VI.1o.122 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Mayo de 1994; Pág. 549

TERCERO EXTRAÑO AL JUICIO. TIENE ESE CARACTER EL ACTOR EN EL JUICIO LABORAL, CUANDO NO SE LE NOTIFICA LEGALMENTE EL PRIMER AUTO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Mayo de 1994; Pág. 549

Precedentes

Amparo en revisión 652/93. Benemérita Universidad Autónoma de Puebla. 24 de febrero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Dueñas Sarabia. Secretario: Ezequiel Tlecuitl Rojas. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 68/97 resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 65/99, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo IX, junio de 1999, página 177, con el rubro: "PERSONA EXTRAÑA AL JUICIO LABORAL, NO PUEDE TENER ESE CARACTER EL ACTOR."
Registro digital (IUS): 212730