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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
IV.2o.84 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212799
Clave de tesis
IV.2o.84 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Abril de 1994; Pág. 327

AMPARO, IMPROCEDENCIA DEL, POR ESTAR PENDIENTE DE RESOLUCION OTRO JUICIO DE GARANTIAS. NO OPERA ESTA CAUSAL SI EN LA REVISION SE DEMUESTRA QUE DESAPARECIO LA LITISPENDENCIA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Abril de 1994; Pág. 327

Precedentes

Amparo en revisión 17/94. Concretos Asfálticos, S.A. de C.V. 2 de febrero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Leandro Fernández Castillo. Secretario: Juan Manuel Rodríguez Gámez.
Registro digital (IUS): 212799