Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/212800
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.9o.T.1 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212800
Clave de tesis
I.9o.T.1 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Abril de 1994; Pág. 327

AMPARO INDIRECTO. EL PERIODO DE VACACIONES DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE NO INTERRUMPE EL TERMINO PARA CUMPLIR LA PREVENCION QUE ORDENA ACREDITAR LA PERSONALIDAD.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Abril de 1994; Pág. 327

Precedentes

Amparo en revisión 99/94. Rosa María García Conde Hernández. 16 de febrero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: Héctor Landa Razo.
Registro digital (IUS): 212800