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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
IV.2o.133 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212820
Clave de tesis
IV.2o.133 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Abril de 1994; Pág. 340

CERTIFICACION CONTABLE, LA, QUE CONTIENE EL ADEUDO DERIVADO DE UNA POLIZA DE FIANZA, NO SE REQUIERE DEMOSTRAR QUE EL CONTADOR QUE LA SUSCRIBIO ESTABA AUTORIZADO PARA ELLO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Abril de 1994; Pág. 340

Precedentes

Amparo directo 129/94. Bronces y Aleaciones de Monterrey, S.A. de C.V. 9 de marzo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Arturo Barocio Villalobos. Secretario: Eduardo Ochoa Torres.
Registro digital (IUS): 212820