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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XXI.1o.27 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212848
Clave de tesis
XXI.1o.27 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Abril de 1994; Pág. 360

DERECHOS AGRARIOS. PRIVACION DE LOS. NO ES NECESARIO AGOTAR EL RECURSO DE INCONFORMIDAD PARA ACUDIR AL JUICIO DE AMPARO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Abril de 1994; Pág. 360

Precedentes

Amparo en revisión 338/93. Roque Herrera Mata y coagraviados. 6 de enero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Vilchiz Sierra. Véase: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, núm. 56, agosto de 1992, pág. 16.
Registro digital (IUS): 212848