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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XIX.1o.3 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212871
Clave de tesis
XIX.1o.3 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Abril de 1994; Pág. 379

IMPEDIMENTO EN MATERIA FEDERAL. NO ES APLICABLE EL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES EN FORMA SUPLETORIA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Abril de 1994; Pág. 379

Precedentes

Impedimento 2/94. Planteado por el Juez Quinto de Distrito en el Estado. 2 de marzo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Aurelio Sánchez Cárdenas. Secretaria: Catalina Angel Martínez.
Registro digital (IUS): 212871