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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.3o.A.539 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212881
Clave de tesis
I.3o.A.539 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Abril de 1994; Pág. 384

INTERES JURIDICO. TRATANDOSE DEL EJERCICIO DEL COMERCIO, PARA ACREDITARLO ES NECESARIO CONTAR CON EL EMPADRONAMIENTO ESTABLECIDO EN EL REGLAMENTO DE MERCADOS, YA QUE NO SE ACREDITA SOLO CON LA CIRCUNSTANCIA DE QUE LOS QUEJOSOS HAYAN EJERCIDO CON ANTERIORIDAD, LA ACTIVIDAD DE COMERCIANTES.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Abril de 1994; Pág. 384

Precedentes

Amparo en revisión 73/94. Celia Márquez Díaz y coagraviados. 3 de febrero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Alfredo Soto Villaseñor. Secretaria: Rosa Elena González Tirado.
Registro digital (IUS): 212881