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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XX.265 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212892
Clave de tesis
XX.265 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Abril de 1994; Pág. 392

LEGITIMACION PARA INTERPONER EL RECURSO DE REVISION. SI AL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LE FUE BENEFICA LA RESOLUCION QUE IMPUGNA, CARECE DE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Abril de 1994; Pág. 392

Precedentes

Amparo en revisión 613/93. Banca Serfín, S.A. 13 de enero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco A. Velasco Santiago. Secretario: Stalin Rodríguez López.
Registro digital (IUS): 212892