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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XIX.2o.16 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212941
Clave de tesis
XIX.2o.16 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Abril de 1994; Pág. 423

QUEJA POR EXCESO O DEFECTO EN LA EJECUCION DE LA SENTENCIA. (ARTICULO 95, FRACCION IX DE LA LEY DE AMPARO) CUANDO SE DEMUESTRA EL CUMPLIMIENTO A LA RESOLUCION CORRESPONDIENTE, QUEDA SIN MATERIA EL RECURSO DE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Abril de 1994; Pág. 423

Precedentes

Queja 78/93-VI. Petróleos Mexicanos. 12 de enero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: José Pérez Troncoso. Secretaria: Ma. de la Luz Vázquez Morado.
Registro digital (IUS): 212941