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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
III.1o.A.134 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 212946
- Clave de tesis
- III.1o.A.134 A
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Abril de 1994; Pág. 428
REGISTRO AGRARIO NACIONAL, DIRECTOR EN JEFE DEL. SUS ACTOS REGISTRALES NO TIENEN EN SI MISMOS EFECTOS DESPOSESORIOS SINO UNICAMENTE DECLARATIVOS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Abril de 1994; Pág. 428
La inscripción hecha por el director en jefe del Registro Agrario Nacional, respecto al cambio de sucesor preferente de los derechos del titular de la unidad de dotación no afecta el interés jurídico del quejoso, pues tal acto registral no puede tener en sí mismo el efecto de privarlo de la posesión de la parcela, que como consecuencia de dicha anotación reclama, ya que dentro de las facultades que la ley otorga a dicha autoridad no se encuentra la de ordenar o de ejecutar actos de privación de propiedad o desposeimiento de tierras.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 80/93. Sabino Rodríguez Luna. 24 de agosto de 1993. Mayoría de votos. Disidente: Jorge Alfonso Alvarez Escoto. Ponente: Jorge Alfonso Alvarez Escoto. Secretario: Julio Ramos Salas.
Nota: Véase el voto particular del magistrado Jorge Alfonso Alvarez Escoto, publicado en la pág. 356 de este Semanario.