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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XXI.1o.26 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 212980
- Clave de tesis
- XXI.1o.26 L
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Abril de 1994; Pág. 455
TESTIMONIO SINGULAR EN MATERIA DE TRABAJO. VALOR PROBATORIO DEL.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Abril de 1994; Pág. 455
Un solo testigo puede hacer prueba en los juicios laborales, si en el mismo concurren circunstancias que sean garantía de veracidad, ya que en la materia de trabajo no existe disposición legal alguna que exija que, para tener por acreditado un hecho, obren cuando menos las declaraciones de dos testigos que depongan uniformemente.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 124/93. Elvira Valente Carrillo. 17 de junio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: José Refugio Raya Arredondo. Secretario: Víctor Hugo Enríquez Pogán.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 31, Quinta Parte, pág. 29.