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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
II.1o.140 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213073
Clave de tesis
II.1o.140 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 323

CAUSAHABIENTE. POR SU CARACTER DE. DEBEN ESTUDIARSE LOS CONCEPTOS DE VIOLACION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 323

Precedentes

Amparo en revisión 58/93. Sigma Oil Company, S.A. de C.V. 25 de marzo de 1993. Mayoría de votos. Disidente: Víctor Ceja Villaseñor. Ponente: Víctor Ceja Villaseñor. Secretaria: Teresita del Niño Jesús Palacios Iniestra.
Registro digital (IUS): 213073