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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
III.2o.C.398 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213083
Clave de tesis
III.2o.C.398 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 329

COMPRAVENTA DE UN INMUEBLE NULIDAD DE LA. CASO EN EL QUE DEBEN CONSIDERARSE HECHAS DE BUENA FE LAS CONSTRUCCIONES REALIZADAS EN EL, POR QUIEN LO ADQUIRIO. (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 329

Precedentes

Amparo directo 720/93. José Uribe García. 18 de noviembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Rodolfo Moreno Ballinas. Secretario: Ricardo Lepe Lechuga.
Registro digital (IUS): 213083