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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XXI.1o.58 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213085
Clave de tesis
XXI.1o.58 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 330

CONCEPTOS DE VIOLACION, CUANDO SON INOPERANTES EN MATERIA CIVIL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 330

Precedentes

Amparo directo 297/93. Felipe Ramírez Barrientos. 2 de diciembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Vilchiz Sierra. Véanse: Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, Tomo XI-Febrero, pág. 222 y Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, núm. 61, Enero de 1993, pág. 113.
Registro digital (IUS): 213085