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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XIX.2o.6 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213110
Clave de tesis
XIX.2o.6 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 355

DERECHO DE PETICION. EL AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO CUANDO ACTUA COMO AUTORIDAD DEBE RESPETAR EL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 355

Precedentes

Improcedencia 248/93-VI. Roberto Reyes García. 25 de octubre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Terrazas Salgado. Secretaria: Gina E. Ceccopieri Gómez.
Registro digital (IUS): 213110