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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VII.P.122 P Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213112
Clave de tesis
VII.P.122 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 356

DESOBEDIENCIA Y RESISTENCIA DE PARTICULARES. DIFERENCIA ENTRE LAS CONDUCTAS INTEGRADORAS DE LOS DELITOS DE. (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 356

Precedentes

Amparo en revisión 411/93. María del Carmen Gálvez Núñez. 11 de enero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Alfonso Pérez y Pérez. Secretaria: Leticia López Vives.
Registro digital (IUS): 213112