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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.3o.C.673 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213134
Clave de tesis
I.3o.C.673 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 369

FACTURAS. ADMINICULADAS CON LA CONFESION DEL DEUDOR, PERMITEN TENER POR ACREDITADA LA TERCERIA EXCLUYENTE DE DOMINIO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 369

Precedentes

Amparo directo 653/94. Evaristo Salomé Iga. 17 de febrero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: José Rojas Aja. Secretario: Francisco Sánchez Planells.
Registro digital (IUS): 213134