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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
II.2o.182 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 213137
- Clave de tesis
- II.2o.182 C
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 370
FACTURAS EXPEDIDAS A NOMBRE DE PERSONA DISTINTA DEL INTERESADO, CARECEN DE EFICACIA SI NO ESTAN CORROBORADAS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 370
Si la factura que se exhibe en juicio por el interesado que promueve tercería excluyente de dominio no está expedida a su favor por la compañía que la emite, sino a nombre de otra persona de la que sólo aparece que hace una cesión de derechos, requiere para adquirir valor probatorio de otros elementos que confirmen su contenido.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 75/94. Rubén Martín Díaz Albarrán. 16 de febrero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Solís Solís. Secretaria: Ma. del Rocío F. Ortega Gómez.