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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
III.2o.P.28 P Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 213148
- Clave de tesis
- III.2o.P.28 P
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 379
IDENTIFICACION ADMINISTRATIVA DEL PROCESADO. NEGATIVA DE LA SUSPENSION PROVISIONAL.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 379
Es correcto negar la suspensión provisional respecto de la orden tendiente a identificar al quejoso, por los medios legales, como consecuencia del auto de formal prisión dictado en su contra, toda vez que en ese aspecto no se satisfacen los requisitos establecidos por el artículo 124, fracciones II y III de la Ley de Amparo, ya que, por una parte, la sociedad está interesada en que las personas sujetas a un procedimiento judicial, por habérseles decretado auto de formal prisión o sujeción a proceso sean identificadas, pues de no hacerlo, se atentaría contra disposiciones de orden público, en la especie el artículo 171 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Jalisco, que ordena la identificación del procesado por el sistema administrativo condigno. Por otra parte, la referida identificación no es un acto de difícil o imposible reparación, ya que no debe perderse de vista, que de ser absuelto el acusado, la autoridad correspondiente deberá girar los oficios relativos para cancelar lo que ordenó previamente, y por tanto, en nada irroga perjuicio la referida identificación.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Queja 5/93. Otilio Avalos Ochoa. 5 de julio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Homero Ruiz Velázquez. Secretario: José Guadalupe Hernández Torres.
Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 17/93 resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 14/94, que aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, número 78, junio de 1994, página 26, con el rubro: "IDENTIFICACION ADMINISTRATIVA DEL PROCESADO. PROCEDENCIA DE LA SUSPENSION PROVISIONAL."