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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
II.2o.108 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213159
Clave de tesis
II.2o.108 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 384

INDEMNIZACION, SI EL TRABAJADOR OPTA POR LA, SOLO A ELLA PUEDE REFERIRSE LA CONDENA Y NO A LA REINSTALACION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 384

Precedentes

Amparo directo 948/93. Daniel López Guzmán. 5 de enero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Solís Solís. Secretaria: Ma. del Rocío F. Ortega Gómez.
Registro digital (IUS): 213159