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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.8o.C.36 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213189
Clave de tesis
I.8o.C.36 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 405

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[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 405

Precedentes

Reclamación 11/93. Glaxo de México, S.A. de C.V. 19 de agosto de 1993. Mayoría de votos. Disidente: Javier Pons Liceaga. Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo. Secretario: Francisco Javier Rebolledo Peña.
Registro digital (IUS): 213189