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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XX.333 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213198
Clave de tesis
XX.333 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 413

PAGARE. AUN CUANDO CAREZCA DE LA EMISION, VALOR NOMINAL, FECHA DE VENCIMIENTO, NOMBRE DEL BENEFICIARIO, SI PREVIAMENTE SE HAN SATISFECHO LOS REQUISITOS QUE DEBEN CONSTAR, BASTA LA SUSCRIPCION PARA QUE TENGA EXISTENCIA EL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 413

Precedentes

Amparo directo 689/93. A. José Espinoza Lara. 13 de enero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Ronay de Jesús Estrada Solís.
Registro digital (IUS): 213198