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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.8o.C.49 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
213201
Clave de tesis
I.8o.C.49 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 415

PAGARE. NO ES UN REQUISITO ESENCIAL DEL PAGARE EL CONSIGNAR EN EL TEXTO DEL MISMO EL LUGAR DE PAGO DEL DOCUMENTO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 415

Precedentes

Amparo directo 10/94. Industrias Gabrielli, S.A. de C.V. 3 de febrero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo. Secretaria: María Concepción Alonso Flores.
Registro digital (IUS): 213201