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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.7o.T.255 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 213232
- Clave de tesis
- I.7o.T.255 L
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 432
PRUEBA TESTIMONIAL. VALOR PROBATORIO DE LA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Marzo de 1994; Pág. 432
El hecho de que las respuestas realizadas por un testigo respecto al interrogatorio que le fue formulado se advierta que se dedica a actividades diversas a aquellas a las que realiza el patrón, no es motivo suficiente para negar eficacia probatoria a la declaración, puesto que en el juicio laboral pueden fungir como testigos no únicamente quienes desarrollen actividades afines a las de aquél, sino cualquier persona que tenga conocimiento de los hechos.
SEPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 6327/93. Liliana Candela Romo. 30 de septiembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Martín Borrego Martínez. Secretario: Noé Herrera Perea.